¿Cómo se deben declarar las ganancias de la bolsa o el trading?

¿Cómo se deben declarar las ganancias de la bolsa o el trading?

¿Cómo se deben declarar las ganancias de la bolsa o el trading?

Una de las dudas principales que tienen los traders principiantes es cómo deben declarar sus ganancias, les entregaremos una guia rápida sobre lo que debe tenerse en cuenta en el proceso. Es vital hacer el proceso con claridad y detalle para no pagar de más. Aprende cómo se deben declarar las ganancias de la bolsa o el trading.

Debes tener en cuenta es que no es buena idea no declarar, bien sea por desconocimiento o con intención, debemos ser fiscalmente eficientes y responsables; por lo tanto, les dejaremos la información más relevante que deben tener en cuenta en este proceso:

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¿Qué tengo que declarar?

Todas las personas físicas deben cumplir con la obligación de declarar y tributar las rentas que han obtenido en el IRPF, este es un impuesto de carácter progresivo de la renta que hayas conseguido dentro o fuera de España.

El IRPF se caracteriza por ser un impuesto dual, clasificando la renta en dos tipos: general y ahorro, gravándolas de manera diferenciada. Para el caso de los ingresos generados por las operaciones de trading, pertenecen al tipo de ahorro, pero ten presente que si estas operando para otra persona, tendrías que declarar rendimientos de actividades profesionales.

¿Cómo se deben declarar las ganancias de la bolsa o el trading?

Teniendo esto presente, dentro del tipo de ahorro existen nuevamente dos clasificaciones en el momento de declarar, estás categorías se suman para poder delimitar cuál es la base imponible del ahorro

  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales, entendidas como las variaciones del valor en el patrimonio que no estén relacionados con el consumo o el juego.
  • Los rendimientos del capital mobiliario, compuesto por los intereses de cuentas bancarias y en general de título de renta fija; así como dividendos y plusvalías.

Entonces dependiendo del tipo de operaciones que realces deberás identificar cómo categorizar correctamente las ganancias de las operaciones realizadas así:

  • Si operas en Bolsa con acciones, estas dentro de la categoría de ganancia o pérdida patrimonial, por lo tanto, hace parte de base del ahorro.
  • Si operas con CFD, opciones binarias, futuros o Forex, al igual que en el caso anterior se tributaría como ganancias o pérdidas patrimoniales.
  • Si cuentas con intereses o dividendos, entraría como Rendimientos del Capital Mobiliario
  • Si inviertes en renta fija, tiene las mismas características del caso anterior y entra en la base del ahorro como Rendimientos de Capital Mobiliario

¿Debo declarar las pérdidas?

Si, es importante que tengas en cuenta que si tuviste pérdidas patrimoniales anuales superiores a 500€ deben ser declaradas. Para este fin existen dos métodos de compensación:

  • Puede compensarse con un limite del 15% los resultados negativos correspondientes al haber compensado las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales con los Rendimientos de Capital Mobiliario.
  • Es posible que los resultados negativos sean compensados con los beneficios de ejercicios posteriores en los 4 años siguientes.

¿Cómo declaro dependiendo del tipo de bróker?

Es importante que sepas que España tiene convenios de doble imposición internacional con una gran cantidad de países, incluso fuera del espacio de la Unión. Si tu bróker no está en España, no tendrás problemas con tu proceso tributario.

Si el país de origen de las rentas hace parte de estos convenios, deberás tributar allí directamente y podrás deducirte la cuenta ya pagada en el extranjero en tu declaración de España.

Así que, si a 31 de diciembre cuentas con activos en el extranjero por un valor superior a 50.000€ estas en la obligación de presentar el modelo 720 informando a la Agencia Tributaria; pero si tu cuenta es inferior 50.000€ estas obligado a declarar tus operaciones, pero estas exento en la presentación del modelo 720.

No todas las personas son expertas en asuntos fiscales, por lo tanto, en caso de tener dudas en la declaración, no duden acercarse a una gestoría.

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